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Actualizado el día 17 marzo 2023 por Raúl Castro Caballero, Abogado

Legitima defensa

¿Qué es la legítima defensa?

La legítima defensa consiste en una actuación de una persona ante una agresión ilegítima contra ella misma o contra una tercera persona, o contra bienes propios o ajenos. Esa actuación generalmente podría ser tipificada como delito, pero si concurren las circunstancias de la legítima defensa la responsabilidad penal no concurriría o si concurriese sería de forma atenuada.

En relación con lo dicho en el párrafo anterior, la legítima defensa es una circunstancia eximente, que puede ser completa o incompleta.

Para comprender mejor esto último (y en definitiva para comprender mejor el concepto de legítima defensa) vamos a definir los conceptos de eximente completa y eximente incompleta.

¿Qué es una eximente completa?

Una eximente de responsabilidad penal viene a ser una circunstancia que motiva que aunque se haya llevado a cabo un hecho que en condiciones normales sería tipificado como delito el autor del mismo no sea considerado responsable penalmente, por lo que en ningún caso sería condenado.

¿Qué es una eximente incompleta?

Una eximente incompleta es una circunstancia en la que no concurren todos los requisitos de una eximente completa, pero concurren varios requisitos esenciales. En este caso no se elimina la responsabilidad penal, pero sí se atenúa. Es decir, nos encontramos ante una circunstancia atenuante, lo que se traduce en que la condena que se imponga será atenuada.

¿Cuáles son los requisitos de la legítima defensa?

Para que opere la legítima defensa, como una eximente completa, deben concurrir los siguientes requisitos, los cuales están recogidos en el artículo 20.4º del Código Penal:

  1. Que haya una agresión ilegítima.
  2. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
  3. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

Agresión ilegítima

La agresión ilegítima viene a ser un ataque intencionado sobre una persona o bien (es decir, no se admite una conducta imprudente)

El ataque tiene que ser un ataque inminente, real, directo, injusto, inmotivado e imprevisto. Es decir, tiene que ser un ataque intencionado, sin que pueda concurrir la legítima defensa frente a una conducta imprudente.

Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla

Esto se traduce en el hecho de que los medios para impedir o repeler la agresión ilegítima deben ser proporcionales a dicha agresión teniendo en cuenta todas las circunstancias que concurran en cada caso concreto.

Falta de provocación suficiente por parte del defensor

Si la persona que se defiende es precisamente quien provoca la situación que le obliga a ejercer la defensa, en este caso no concurriría la legítima defensa como eximente (sin perjuicio de que pueda ser apreciada como una circunstancia atenuante)

Tipos de legítima defensa

Legalmente hablando, como ya he dicho antes, hay dos tipos de legítima defensa: legítima defensa como eximente completa y legítima defensa como eximente incompleta o atenuante.

Para que se entienda mejor cuando opera como eximente completa y como circunstancia atenuante voy a utilizar dos ejemplos prácticos. Se trata de ejemplos muy genéricos que no buscan explicar un caso concreto y específico, sino que lo que se busca con ellos es facilitar el conocimiento de cuando la legítima defensa opera como eximente y cuando como atenuante.

Ejemplo de legítima defensa como eximente completa

Antonio va caminando con su amigo Bernardo, y de repente se les acerca Carlos quien, sin mediar palabra propina varios puñetazos a Antonio. Bernardo, al ver la agresión hacia Antonio, propina un puñetazo a Carlos y de esa manera consigue parar la agresión de Carlos hacia Antonio.

En este caso concurren todos los requisitos de la legítima defensa, por lo que la actuación de Bernardo estaría completamente exenta de responsabilidad penal.

Ejemplo de legítima defensa como eximente incompleta o atenuante

En este caso Antonio se cruza con Carlos y chocan accidentalmente, y Antonio comienza a insultar a Carlos y se encara con él, a lo cual Carlos responde golpeando con un puñetazo a Antonio, quien a su vez responde con otro puñetazo a Carlos para separarse de él.

En esta situación se puede entender que Antonio se estaría defendiendo de una agresión de Carlos, pero dado que fue él quien provocó la discusión no concurren todos los requisitos de la defensa propia como eximente completa, pero podría ser tenida en cuenta como una circunstancia atenuante en un proceso penal.

Ya sabes todo lo que necesitas saber de la legítima defensa.  Si te ha gustado este post, no dudes en compartirlo en tus redes sociales.

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