Estafas en Internet: lo que necesitas saber y 3 consejos para evitar caer en ellas

Estafas en Internet: lo que necesitas saber y 3 consejos para evitar caer en ellas

Estafas en Internet

Las estafas en internet: un (grave) problema actual

Las estafas en internet (o estafas online, cibernéticas, telemáticas… como queramos llamarlas) sean del tipo que sean, constituyen actualmente un grave problema del que nadie está libre, y que en muchas ocasiones tienen consecuencias muy graves. Sólo en el terreno económico (y para que podamos hacernos una idea del impacto que tienen) las estafas en internet tienen como consecuencia la pérdida de muchos millones de euros, lo cual puede llevar a que personas o empresas acaben arruinadas.

¿Qué tipos de estafas online existen?

Son muchos los tipos de estafas online que hoy día existen. Estos son algunos de los tipos existentes:

  1. Phising: consiste en el envío de emails o de mensajes suplantando la identidad de servicios o empresas conocidas (como por ejemplo un banco) para que la víctima acceda a una página web que simula ser legítima, para así poder robar datos personales, credenciales.
  2. Compras online: también son muy comunes las estafas en las compras online. En este caso lo que ocurre es que se compran bienes que nunca llegan a su destinatario.
  3. Pharming: es una variante del phising. En este caso en vez de enviarse emails fraudulentos, lo que hacen los atacantes es aprovechar vulnerabilidades de una web legítima, enlazando a la página web fraudulenta.

¿Puedo ser víctima de una estafa online sin que me hayan estafado? Sí, si te han suplantado tu identidad.

Directamente, en realidad, la víctima directa de una estafa online es la persona que la sufre. Es decir, la persona a la que engañan.

Pero eso no quiere decir que indirectamente no haya otras personas que puedan verse afectadas por una estafa online. Me estoy refiriendo a aquellos casos en los que la estafa se comete utilizando la identidad de otras personas para que, al llevarse a cabo la correspondiente investigación, aparezca el nombre de otra persona como si fuera esa persona la que realiza las operaciones constitutivas de una estafa.

Esto se entiende mejor con un ejemplo práctico:

  1. Una persona realiza una compra en internet, paga con su tarjeta de crédito, y al ver que nunca recibirá lo que ha comprado se da cuenta de que ha sido víctima de una estafa online y por ello interpone la correspondiente denuncia ante la policía.
  2. La policía inicia la correspondiente investigación, y al investigar el pago con la tarjeta de crédito comprueban que el dinero ha ido a una cuenta bancaria.
  3. Se investiga esa cuenta bancaria y fruto de esa investigación se averigua la identidad de la persona que aparece como titular de la cuenta.
  4. Pero, resulta que esa persona que aparece como titular nunca ha abierto dicha cuenta. Por tanto, alguien lo ha hecho suplantando su identidad.

En este caso, esa persona que aparece como titular de dicha cuenta corriente tiene muchas posibilidades de verse envuelto en un proceso penal como investigado, y por tanto puede tener serios problemas sin tener ninguna culpa.

¿Qué puedo hacer frente a las estafas en internet?

Consejos para evitar (en la medida de lo posible) ser víctima de una estafa en internet

Hay una serie de pautas que debemos seguir para evitar caer en estafas cibernéticas. En un primer lugar debemos asegurarnos de dos cosas:

  1. Comprobar que la página web utiliza el protocolo https:// (y no el protocolo http://) El protocolo https es un protocolo de internet que, en palabras llanas, tiene como función que nuestros datos permanezcan confidenciales mientras navegamos por un sitio web, algo que el protocolo http no hace.
  2. Asegurarse que la web utiliza un certificado SSL. El certificado SSL es un estándar de seguridad que garantiza que los datos que se transfieren desde el navegador hacia el servidor viajan cifrados

En definitiva, tanto el protocolo https como el certificado SSL tienen por función garantizar que nuestra información permanezca segura.

Pero que se cumplan esas dos condiciones no quiere decir que se esté totalmente a salvo de sufrir estafas online, sino que aún se deben tomar otras medidas como las siguientes:

  1. Si te envían un correo diciendo que tienes que acceder a tu cuenta o pidiéndote información confidencial, nunca hagas caso de ese correo, pues muy probablemente se trate de un ataque de phishing. Los ataque de este tipo más comunes son la simulación de correos de una entidad bancaria, que a su vez contienen enlaces a webs falsas. En estos casos, sobre todo cuando se trata de entidades financieras, suele ser recomendable contactar telefónicamente con la empresa cuya identidad puede haber sido suplantada para no correr riesgos.
  2. Si estás en una página web en la que se vende algo (una tablet, una consola de videojuegos…) y el precio te parece demasiado bajo para ser verdad, pues probablemente tengas razón y no sea verdad. Es decir, si el precio es demasiado bajo, desconfía. Este tipo de estafas es muy habitual hoy en día (en la compraventa de productos de electrónica, venta de entradas para conciertos…)
  3. Si un vendedor te parece sospechoso, intenta buscar opiniones sobre él. No siempre son concluyentes y no siempre es posible encontrar opiniones, pero es una buena manera de averiguar si ese vendedor es confiable o no. Si no encuentras opiniones, o la mayoría de opiniones apuntan a una posible estafa, o si incluso lo que encuentras no te convence, mejor ten prudencia y sal de la página.

Si quieres obtener más consejos, y más detallados, puedes visitar la página web de la OSI.

Consejos sobre qué hacer cuando ya eres víctima de una estafa en internet

Lo primero que tienes que hacer si sospechas que has sido víctima de una estafa online es denunciar la estafa. Lo mismo si te ha llegado una denuncia por estafa online y resulta que no tienes nada que ver y que te han suplantado la identidad (de hecho es muy importante poner la denuncia, pues posiblemente no sea la única estafa en la que te puedas ver implicado)

También es muy recomendable asesorarse por un abogado penalista. Un abogado penalista te ayudará en el proceso de denuncia de los hechos, y sobre todo te defenderá a lo largo del procedimiento judicial que, en su caso, se abrirá.

Si te encuentras en esta situación, contacta conmigo y yo te ayudaré durante todo el proceso.

¿Quieres saber más?

Si quieres saber más sobre las estafas en internet, puedes escuchar el Capítulo 144 del podcast Tertulia Jurídica, en el que tuve la posibilidad de participar.

Si necesitas un abogado penalista, solo tienes que enviarme un mensaje

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Conformidad en el proceso penal ¿Qué es? ¿Qué implica?

Conformidad en el proceso penal ¿Qué es? ¿Qué implica?

Conformidad en el proceso penal

¿Qué es la conformidad en el proceso penal?

La conformidad en el proceso penal es un acuerdo en el que todas las partes que intervienen en el proceso penal (defensas y acusaciones) llegan a un acuerdo sobre la condena o condenas que se impondrán en un determinado juicio penal. En otras palabras, la conformidad es sinónimo de acordar la condena.

¿Cómo se llega a una conformidad?

En términos generales, las conformidades constan de dos fases:

  1. La fase de negociación, en la que se discuten los términos de esa posible conformidad.
  2. La fase de plasmación y ratificación de ese acuerdo

Negociación:

Para llegar a una conformidad lo más habitual es que haya una «negociación» entre todas las partes del procedimiento, lo cual incluye a la defensa y a todas las acusaciones que intervengan (Ministerio Fiscal, acusaciones particulares y acusaciones populares si intervienen)

En esa negociación se hablará e intentará llegar a un acuerdo sobre aspectos tales como:

  1. La condena que se impondrá (este aspecto siempre está presente)
  2. La responsabilidad civil, en aquellos casos en los que ésta se de.
  3. La suspensión de la condena, sobre todo en el caso de que la condena a imponer sea la de prisión.

También suele ser habitual que los abogados de la defensa intenten introducir en esa negociación la suspensión de la condena. Dependiendo sobre todo del Ministerio Fiscal en ocasiones la suspensión entra dentro de esa negociación y otras veces no (aunque ello no implica que posteriormente el Ministerio Fiscal acabe pronunciándose favorablemente a la suspensión)

La negociación puede darse en dos momentos:

  1. Antes de la celebración del juicio
  2. El mismo día del juicio, antes de que se de inicio a las sesiones del juicio oral.

Acuerdo y ratificación del mismo:

Una vez que se ha llegado a un acuerdo entre las partes llega el momento de plasmar ese acuerdo por escrito (si se ha llegado al acuerdo días antes de la celebración del juicio) o verbalmente (si se ha llegado a la conformidad el mismo día del juicio) En el caso de que el acuerdo se plasme verbalmente, en el acto del juicio se reproducirán los términos del acuerdo y éste quedará grabado.

Si se llega a un acuerdo escrito, éste debe ser firmado en todo caso por el Ministerio Fiscal, todos los letrados intervinientes y por el propio acusado.

Ya en la vista oral, tanto si el acuerdo es escrito como verbal alcanzado en ese mismo momento, el Juez oirá los términos del acuerdo, y preguntará al acusado si ratifica la conformidad alcanzada.

¿Qué implica llegar a una conformidad?

Llegar a una conformidad implica básicamente dos cosas:

  1. El reconocimiento de los hechos por parte de la persona que sea investigada o acusada en el proceso penal.
  2. La imposición de una condena atenuada, o la sustitución de una condena por otra menos gravosa (en los casos en que ello sea posible)

El llegar a ese acuerdo de conformidad tiene también como consecuencia (salvo que la condena sea suspendida) que la condena acordada tendrá que ser cumplida. El no cumplir con la condena acordada podrá tener como consecuencia la imputación de un posible delito de quebrantamiento de condena, o la imposición de medidas por responsabilidad penal subsidiaria (por no haber pagado una multa, por ejemplo)

¿Quieres saber más?

Si quieres saber más sobre la conformidad en el proceso penal, puedes escuchar el Capítulo 129 del Podcast Tertulia Jurídica (en el que tuve el placer de participar) en el que se profundiza sobre lo qué es la conformidad y que consecuencias tiene.

Si necesitas los servicios de un abogado penalista, no lo dudes y contacta conmigo.

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¿Es delito aparcar en una plaza para personas con discapacidad?

¿Es delito aparcar en una plaza para personas con discapacidad?

Plaza para personas con discapacidad

Ante todo, civismo

Lo primero de todo tenemos que tener en cuenta una cosa, que es que una plaza para personas con discapacidad no solamente satisface un derecho, sino que cubre una necesidad, la necesidad de poder moverse lo más fácilmente posible.

Estas plazas únicamente pueden ser utilizadas por personas con discapacidad, sean conductores o pasajeros, que estén en posesión de la correspondiente tarjeta otorgada por el Ayuntamiento que corresponda y que acredita que esa persona necesita de esa plaza para garantizar su derecho a la movilidad.

Pero por desgracia hay una realidad que no se puede obviar, y es el hecho de que hay personas que de forma totalmente voluntaria e irrespetuosa utilizan esas plazas de aparcamiento sin estar autorizados para ello, con el consiguiente perjuicio que ello conlleva para las personas que sí necesitan de esa plaza. Es aquí donde nos encontramos con excusas tales como «si solo va a ser un minuto» «si voy aquí al lado» etc. En fin, excusas para lo inexcusable.

¿Es delito aparcar indebidamente en una plaza para personas con discapacidad?

El mero hecho de aparcar sin tener la tarjeta que lo permite (¿os acordáis de lo que he dicho del famoso «solo va a ser un minuto»…? no es delito, sino que constituye una infracción administrativa que será castigada con la correspondiente multa (y también puede conllevar la retirada del vehículo)

Es decir, el aparcar sin poseer la tarjeta no es delito, porque no está recogido como tal en el Código Penal.

Pero sí nos podemos encontrar ante un delito precisamente en el caso de que se utilice una tarjeta de discapacitado, bien porque la tarjeta sea falsa (falsedad documental) o porque se utilice una tarjeta auténtica por persona que no está legitimada para ello (artículo 400 bis del Código Penal) estando estos delitos penados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

¿Quieres saber un poco más?

Si quieres saber un poco más sobre este tema, puedes escuchar el capítulo de Tertulia Jurídica dedicado al uso indebido de las plazas para personas con discapacidad (y en el que tuve el gusto de poder participar). Pincha aquí para acceder al capítulo o simplemente pulsa el botón de reproducir en el reproductor que aparecerá al final de esta entrada.

Y recuerda, una plaza para personas con discapacidad es sólo para personas con discapacidad.

Olvídate de las excusas que he expuesto antes y que son muy comunes, las plazas para personas con discapacidad tienen un objetivo, el de facilitar la movilidad de personas con discapacidad.